Oficina del Comisionado Laboral impone a compañía de construcción de Oakland sanciones...

Oficina del Comisionado Laboral impone a compañía de construcción de Oakland sanciones de más de $3.5 millones por violaciones de robo de sueldo



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OAKLAND, California, 26 de julio de 2017 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ — La Oficina del Comisionado Laboral impuso a un contratista de Oakland una sanción de más de $3.5 millones en salarios y penalidades por múltiple robo de sueldo y violaciones de las leyes laborales. Se le ordenó a Attic Pros pagar $2,109,480 en salarios, daños liquidados y penalidades por tiempo de espera a 119 trabajadores que fueron clasificados erróneamente como contratistas independientes, y $1,481,600 en penalidades civiles.

«Este es un caso notorio de robo de sueldo, en el que se clasificó erróneamente a trabajadores y se les negó un jornal justo», dijo la Comisionada Laboral, Julie A. Su. «Mi oficina hace cumplir las leyes laborales de California para detener a los empleadores dispuestos a estafar a sus empleados con su paga como medio de ganar una ventaja desleal sobre sus competidores que respetan la ley».

La Oficina del Comisionado Laboral inició su investigación de la compañía y de su dueño, Leonid Molchanov, después de recibir un reclamo de la Ley General de Abogados Privados. Los investigadores hallaron que los empleados de Attic Pros trabajaban de 10 a 14 horas al día hasta seis días a la semana, y que se les pagaba una tarifa diaria independientemente de la cantidad real de horas trabajadas, lo cual ponía sus ingresos por debajo del salario mínimo.

Su ordenó a Attic Pros que pagara $191,400 en salarios mínimos no pagados, $321,330 en salarios por tiempo extra no pagados, $191,400 en daños liquidados sobre salarios mínimos no pagados, $1,405,350 en penalidades por tiempo de espera, y $1,481,600 en penalidades civiles por violaciones de salario mínimo y de pago de horas extra, violaciones en declaración de salarios y clasificación errónea de empleados. Las sanciones se emitieron por violaciones que ocurrieron durante el período de 32 meses de julio de 2014 a marzo de 2017.

Cuando a los trabajadores se les paga menos que el salario mínimo, tienen derecho a daños liquidados que igualen el monto de los salarios pagados por debajo del mínimo más intereses. Las penalidades por tiempo de espera se imponen cuando el empleador no entrega a los trabajadores su cheque de pago final después de su despido. Esta penalidad se calcula tomando la tarifa diaria de pago del empleado y multiplicándola por la cantidad de días que el empleado no recibió su pago, hasta un máximo de 30 días. Las penalidades civiles cobradas se transfieren al Fondo General del estado, como la ley lo requiere.

La clasificación errónea de trabajadores es la práctica de clasificar erróneamente e intencionalmente a un empleado como contratista independiente. Priva a los empleados de las protecciones de cobro de salario mínimo y horas extra, así como de la cobertura de compensación de trabajadores si se lesionan en el trabajo, y crea unas condiciones injustas para los empleadores responsables que cumplen con sus obligaciones legales hacia sus empleados. La Oficina del Comisionado Laboral hace cumplir leyes que prohíben la clasificación errónea intencional de trabajadores.

La Oficina del Comisionado Laboral, conocida oficialmente como la División de Cumplimiento de Normas Laborales del Departamento de Relaciones Industriales, inspecciona los lugares de trabajo para detectar violaciones de salario y horario, decide reclamos de salario, investiga reclamos por represalia, emite licencias y registros para empresas, hace cumplir las tarifas de los salarios prevalecientes y las normas sobre aprendices en proyectos de obras públicas y educa al público sobre las leyes laborales.

Su campaña multilingüe de conocimiento público el Robo de Sueldo es un Crimen se lanzó en 2014 para informar a los trabajadores sobre sus derechos y a los empleadores sobre sus responsabilidades. Los empleados con preguntas o reclamos relacionados con el trabajo pueden llamar al Centro de Atención Telefónica del DIR en inglés o en español al 844-LABOR-DIR (844-522-6734).

Los miembros de la prensa pueden llamar a Erika Monterroza o a Peter Melton al (510) 286-1161, y se les exhorta a que se suscriban para recibir alertas por correo electrónico de comunicados de prensa del DIR u otras actualizaciones departamentales.

El Departamento de Relaciones Industriales de California, creado en 1927, protege y mejora la salud, seguridad y bienestar económico de más de 18 millones de trabajadores y ayuda a sus empleadores a cumplir con las leyes laborales estatales. El DIR es parte de la Agencia del Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral. Para consultas no relacionadas con los medios contacte al Centro de atención telefónica de Comunicaciones del DIR al 844-LABOR-DIR (844-522-6734) para obtener ayuda para localizar la división o programa apropiado en nuestro departamento.

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FUENTE California Department of Industrial Relations

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