Si posee una licuadora doméstica Vitamix con un conjunto de cuchillas, comprada...

Si posee una licuadora doméstica Vitamix con un conjunto de cuchillas, comprada con fecha entre el 1.° de enero de 2007 y el 1.° de octubre de 2016, o una licuadora comercial Vitamix, adquirida después del 15 de septiembre de 2015, pero antes del 9 de agosto de 2016, sus derechos pueden verse afectados por el acuerdo de una demanda colectiva.



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SEATTLE, 2 de enero de 2018 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ — Se llegó a un acuerdo en una demanda colectiva denominada Vicki Linneman, et al. v. Vita-Mix Corp., et al., Causa N.º 1:15-cv-748, pendiente en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito Sur de Ohio, en la que se alega que el sello superior de los conjuntos de cuchillas de ciertos recipientes de Vitamix puede deshacerse en partículas y causar que los alimentos o bebidas que se procesan entren en contacto con partículas negras. Estas partículas son de un material antiadherente (politetrafluoroetileno o «PTFE»), el cual es común en utensilios de cocina y muchos otros productos de la industria alimentaria. El Reclamo de los Demandantes no alega ningún daño médico como resultado del consumo de PTFE. Vitamix entregó información de un laboratorio externo independiente que informa que las partículas son inofensivas para el consumo y que no representan un riesgo para la salud o la seguridad humana. Sin embargo, los Demandantes alegan que, como resultado de las partículas negras, las licuadoras Vitamix tienen un valor inferior al que los consumidores y las empresas pagaron al comprarlas. Vitamix niega las acusaciones de la Demanda y ha interpuesto numerosas defensas. El Tribunal no se ha pronunciado sobre los méritos de los reclamos de los Demandantes.

¿Quién está incluido? Usted está incluido en el acuerdo, como «Miembro del grupo de demandantes», si usted: (a) posee una licuadora doméstica Vitamix con un conjunto de cuchillas, comprada con fecha del 1.° de enero de 2007 o posterior, pero anterior al 1.° de octubre de 2016; o (b) posee una licuadora comercial Vitamix que (i) fue adquirida el 15 de septiembre de 2015 o en fecha posterior, pero anterior al 9 de agosto de 2016, o en el caso de una licuadora comercial de la línea de productos XL, anterior al 7 de abril de 2017 (ii) nunca fue utilizada en relación con el Sello de reemplazo, y (iii) fue comprada a través de un tercero, por ejemplo, un vendedor, un distribuidor o una tienda de suministros para restaurantes y no fue adquirida directamente de Vitamix.

¿Qué estipula el acuerdo? Los Miembros del grupo de demandantes que presenten oportunamente un Reclamo válido son elegibles para ciertos beneficios, determinados según si compraron una licuadora Vitamix doméstica o comercial. Los Miembros del grupo de demandantes que posean una licuadora doméstica Vitamix pueden elegir entre (1) una tarjeta de regalo de USD 70 para comprar ciertos productos Vitamix; o (2) un conjunto de cuchillas de reemplazo con diseño nuevo, que no genera partículas. Los propietarios de una o más licuadoras comerciales Vitamix que presenten Reclamos válidos pueden recibir un nuevo conjunto de cuchillas de reemplazo de Vitamix, con un máximo de dos conjuntos de cuchillas. Vitamix también acordó pagar (1) los honorarios y gastos razonables de abogados a los Abogados del grupo de demandantes, según lo que adjudique el Tribunal; (2) adjudicaciones por servicios aprobadas por el Tribunal de USD 3000 cada una, para los dos Demandantes designados; y (3) los costos y gastos de la administración del Acuerdo.

¿Cómo obtener los beneficios? Para recibir cualquier beneficio del acuerdo, debe enviar un Formulario de reclamo válido el 28 de septiembre de 2018 o antes de esa fecha. En el sitio web del acuerdo, www.BlenderSettlement.com, encontrará los detalles sobre cómo presentar un reclamo.

¿Cuáles son sus opciones? Si presenta un reclamo o no hace nada, y el Tribunal aprueba el Acuerdo, usted renunciará a su derecho a demandar a Vitamix por cualquiera de los reclamos eximidos mediante el Acuerdo. Si no desea recibir una Tarjeta de regalo ni un Conjunto de cuchillas de reemplazo, pero desea conservar su derecho a demandar a Vitamix por separado, por los mismos reclamos resueltos mediante este acuerdo, debe excluirse por medio de una solicitud de exclusión, enviada con sello postal a más tardar el 7 de marzo de 2018. Si no se excluye, puede presentar objeciones y notificar al Tribunal que usted o su abogado tienen la intención de comparecer en la Audiencia de imparcialidad del Tribunal. Las objeciones y la intención de comparecer deben presentarse ante el Tribunal a más tardar el 7 de marzo de 2018.

El Tribunal celebrará una audiencia el 28 de marzo de 2018 para determinar si aprueba: el acuerdo conciliatorio; la solicitud de honorarios y gastos de los Abogados del grupo de demandantes; los pagos a los Demandantes designados; y los gastos de administración del acuerdo. El pago de estos montos no reducirá el monto de los beneficios del Grupo de demandantes. La Solicitud de honorarios de los Abogados del grupo de demandantes (que no podrá exceder USD 9 millones) se presentará ante el Tribunal antes del 31 de enero de 2018 y también se publicará en el sitio web del Acuerdo.

¿Desea obtener más información? ESTO ES SOLO UN RESUMEN. Podrá encontrar los detalles del Acuerdo (incluido el Acuerdo conciliatorio), sus derechos, el Formulario de reclamo y las fechas importantes en www.BlenderSettlement.com. También puede llamar al número gratuito (855) 233-4747 o enviar un correo electrónico a BlenderSettlement@jndla.com si tiene alguna pregunta.

¿Preguntas? Llame al Administrador del acuerdo al (855) 233-4747 o visite www.BlenderSettlement.com. NO SE COMUNIQUE CON EL TRIBUNAL.

FUENTE JND Class Action Administration

Si posee una licuadora doméstica Vitamix con un conjunto de cuchillas, comprada con fecha entre el 1.° de enero de 2007 y el 1.° de octubre de 2016, o una licuadora comercial Vitamix, adquirida después del 15 de septiembre de 2015, pero antes del 9 de agosto de 2016, sus derechos pueden verse afectados por el acuerdo de una demanda colectiva.