SAN FRANCISCO, 3 de enero de 2022 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ — El siguiente aviso es emitido por el Administrador de la Demanda Colectiva aprobado por el Tribunal y ha sido autorizado por el Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito Norte de California, en Hanson contra Welch Foods Inc., Caso n.º 3:20-cv-02011-JCS (Distrito Norte de California).
Se ha llegado a un acuerdo propuesto en un caso que involucra a Welch Foods Inc. («Welch») en el cual se alega que el etiquetado de tres productos de jugo 100 % de fruta con afirmaciones de que esos productos ayudan a mantener un corazón sano, son engañosas. Welch niega las acusaciones y ha afirmado varias defensas que cree que son meritorias.
Este es solo un resumen de los términos claves del Acuerdo. Una copia completa del Acuerdo y la Notificación de la Demanda Colectiva está disponible en www.WelchFoodsSettlement.com, o se puede solicitar por teléfono al 1-877-393-0092.
¿Quién está incluido?
La Demanda Colectiva incluye a todas las personas en los Estados Unidos que, entre el 23 de marzo de 2016 y el 1 de octubre de 2021 (el «Período de la Demanda Colectiva»), compraron en los Estados Unidos, para uso doméstico y no para reventa o distribución, Jugo 100 % de uva Concord, Jugo 100 % de sangría roja o Jugo 100 % de zarzamora Concord de Welch (los «Productos de la Demanda Colectiva»).
¿Qué ofrece el Acuerdo?
El Acuerdo propuesto proporcionará al Colectivo de Demandantes $1,500,000 en beneficios monetarios (el «Fondo del Acuerdo»); y medidas cautelares en forma de cambios de etiquetado que Welch ha acordado hacer.
¿Quién puede recibir un pago?
Cada Miembro del Colectivo de Demandantes que presente de forma oportuna un Reclamo válido aprobado, tiene derecho a recibir una compensación. Cada demandante que haya realizado un reclamo válido y de forma oportuna recibirá un pago según la cantidad de Productos de la Demanda colectiva que haya comprado durante el Período de la Demanda Colectiva. El monto del Pago del Acuerdo que recibirá cada persona depende de la cantidad de reclamos presentados y del historial de compra de cada demandante. Cada hogar puede presentar un solo formulario de reclamo.
Los formularios de reclamo y la información adicional sobre el proceso de reclamo están disponibles en el Sitio Web del Acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com. La fecha límite para presentar un reclamo es el 7 de marzo de 2022.
¿Cuáles son las otras opciones de los Miembros del Colectivo de Demandantes?
Los Miembros del Colectivo de Demandantes pueden optar por no participar en este Acuerdo. El Miembro del Colectivo de Demandantes que opte por no participar, conservará los derechos de demandar a Welch por separado, pero no será elegible para recibir ninguna compensación bajo el Acuerdo. Para optar por no participar, el Miembro del Colectivo de Demandantes debe presentar un Formulario de Exclusión en el Sitio Web del Acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com. Alternativamente, los formularios de exclusión se pueden descargar, completar y enviar por correo al Administrador de la Demanda Colectiva a: Welch Foods Class Administrator, P.O. Box 1908, Baton Rouge, LA 70821. Los formularios de exclusión deben presentarse en línea o tener matasellos con fecha que no supere el 7 de marzo de 2022.
Los Miembros del Colectivo de Demandantes también pueden objetar cualquier parte de este Acuerdo presentando una Objeción por escrito ante el Tribunal (ya sea electrónicamente o por correo al Tribunal o al Administrador de la Demanda Colectiva) o compareciendo ante la Audiencia de Aprobación Definitiva. Encontrará detalles adicionales sobre los procedimientos de objeción, en el Sitio Web del Acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com. Las objeciones por escrito deben presentarse a más tardar el 7 de marzo de 2022.
¿El Tribunal aprobó el Acuerdo?
El Tribunal aún no ha aprobado el Acuerdo, pero ha fijado una Audiencia de Aprobación Definitiva para el 15 de abril de 2022, a las 9:30 a. m. a fin de determinar si el Acuerdo es justo, razonable y adecuado para la Demanda Colectiva. El Tribunal también considerará durante esa audiencia si otorgar los honorarios y gastos de abogados al Abogado de la Demanda Colectiva, y en qué monto, y las adjudicaciones de servicio al Representante de la Demanda Colectiva, con cargo al Fondo del Acuerdo, junto con los gastos de Notificación y Administración actualmente estimados en $249,411. Antes de tomar esa determinación, el Tribunal establecerá una fecha límite para que el Abogado de la Demanda Colectiva haga una moción, la moción se publicará en el sitio web del Acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com, y los Miembros del Colectivo de Demandantes tendrán la oportunidad de responder y oponerse.
Como se describe más adelante en el sitio web del acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com, el Abogado de la Demanda Colectiva tiene la intención de solicitar una adjudicación de honorarios del 25 % del Fondo del Acuerdo (o $375,000), y el reembolso de los gastos del caso de aproximadamente $25,000, junto con una asignación por servicio para el Representante de la Demanda Colectiva por un monto de $5,000. Los honorarios, reembolsos de gastos y adjudicación de servicios aprobados por el Tribunal se pagarán con cargo al Fondo del Acuerdo.
El Tribunal ha nombrado a Fitzgerald Joseph LLP como Abogado de la Demanda Colectiva. Se le pagará al Abogado de la Demanda Colectiva, solo con la aprobación del Tribunal, a cargo del Fondo del Acuerdo. Si usted quiere que lo represente su propio abogado, deberá contratarlo por cuenta propia. Para obtener más información, o para ver la moción de honorarios de abogados, gastos y asignaciones por servicio después de que se presente, hasta el 31 de enero de 2022 inclusive, visite el Sitio Web del Acuerdo, www.WelchFoodsSettlement.com.
NO LLAME O ESCRIBA AL TRIBUNAL PARA OBTENER INFORMACIÓN O ASESORAMIENTO.
FUENTE Welch Foods Class Administrator