CINCINNATI, 15 de diciembre de 2015 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ — La siguiente es una declaración de Markovits, Stock & DeMarco, LLC y Freking Myers & Reul, LLC.
A: Todos los contribuyentes que recibieron servicio de generación de energía minorista de Duke Energy Corp. y/o Cinergy Corp. o sus subsidiarias o afiliadas, en cualquier momento entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2008, en territorio del servicio eléctrico de CG&E/Duke Energy Ohio y que no recibieron reembolsos en el marco de los acuerdos complementarios.
DESCRIPCIÓN DEL LITIGIO
Este aviso se brinda por orden del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Ohio, División Este («el Tribunal») en Anthony Williams y otros c/ Duke Energy International, Inc. y otros, Causa Núm. 1:08-cv-00046. Usted podría ser miembro de la clase descrita en el presente. Los demandantes alegan que desde el año 2005 hasta el año 2008 los demandados pagaron reembolsos, ilegalmente a través de una afiliada, a 24 importantes clientes industriales o empresariales conforme a acuerdos complementarios separados. Los demandantes alegan violación a las leyes federales sobre crimen organizado y antimonopolio, así como reclamos estatales en materia de crimen organizado y daños y perjuicios. Los demandados niegan dichos alegatos, y sostienen que no se involucraron en delito alguno.
Se ha llegado a un acuerdo en esta causa con un valor total de US$80,875,000. Los contribuyentes residenciales recibirán cantidades de pagos fijos para cada día elegible en que hubieran pagado un arancel-cuota durante el período de la clase, de un fondo del acuerdo que no excederá los US$25,000,000. El pago mínimo para un contribuyente residencial elegible que califica para todo el Período de Clase será un total de aproximadamente US$40; esa cantidad puede aumentar a un máximo de aproximadamente US$400. Los contribuyentes no residenciales recibirán cantidades fijas, y posiblemente variables, basadas en el uso, para cada día elegible en que hubieran pagado un arancel-cuota durante el período de clase, de un fondo de acuerdo que no superará los US$25,000,000. El pago mínimo para un contribuyente no residencial elegible que califique para todo el Período de Clase será de un total de aproximadamente US$4,000. Los contribuyentes que califiquen para períodos de tiempo inferiores recibirán pagos totales inferiores siempre que sean de US$10.00 y superiores. Además, los miembros de clase podrán recibir beneficios directos de programas desarrollados usando un mínimo de US$8,000,000 de dinero del acuerdo.
El Tribunal celebrará una audiencia, a la que podrán presentarse y objetar luego de presentar la documentación adecuada para hacerlo, para considerar la aprobación del acuerdo a las 10:00 a.m. el 18 de abril de 2016, en Tribunal Potter Stewart de EE. UU., 100 East Fifth Street, Cincinnati, Ohio 45202. Si ustedes no hacen nada, todas las órdenes del Tribunal en esta Acción se aplicarán a ustedes. Los abogados de los demandantes solicitarán la aprobación de costas, gastos y pagos de incentivos de los representantes de la clase en la audiencia. Se puede obtener una copia de los documentos de la causa visitando la oficina del Secretario del Tribunal por el Distrito Sur de Ohio, Joseph P. Kinneary, Tribunal de EE. UU., Sala 121, 85 Marconi Boulevard, Columbus, Ohio 43215. Si desea más información, también puede consultar en www.dukeclassaction.com.
¿CÓMO PUEDO PARTICIPAR?
1. Yo era un contribuyente residencial. Para recibir el pago de cantidad fija debe, antes del 13 de abril de 2016, (i) completar el formulario de reclamo en línea en www.dukeclassaction.com, o (ii) devolver el formulario en papel completo y firmado, si le habían enviado uno por correo. Si desea que se le envíe un formulario de reclamo en papel, sírvase visitar www.dukeclassaction.com.
2. Yo era un contribuyente no residencial. Para recibir el pago de la cantidad fija, y un pago adicional si se supera el límite de uso aplicable, debe, antes del 13 de abril de 2016, (i) completar un formulario de reclamo en línea en www.dukeclassaction.com, o (ii) devolver el formulario en papel completo y firmado, si le habían enviado uno por correo. Si desea que se le envíe un formulario de reclamo en papel, sírvase visitar www.dukeclassaction.com.
Si no envía a tiempo un formulario de reclamo completo y correcto, no recibirá beneficios bajo el acuerdo, pero sí estará obligado por el acuerdo y la liberación de reclamos.
¿CÓMO PUEDO OBTENER MÁS INFORMACIÓN?
Si desea más información sobre el acuerdo, incluso la notificación completa que describe sus derechos, para pedir que se le envíe un aviso postal, con formulario de reclamo adjunto, o para actualizar su dirección de correo, puede visitar www.dukeclassaction.com, llamar al 1-(844) 322-8220, o puede escribir al Administrador del Acuerdo en Williams c/ Duke Energy, P.O. Box 10092, Dublín, Ohio, 43017-6692.
Fuente: Markovits, Stock & DeMarco, LLC y Freking Myers & Reul, LLC, Cincinnati, Ohio
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