Si se vio afectado por el Derrame petrolero de octubre de 2021...

Si se vio afectado por el Derrame petrolero de octubre de 2021 en el condado de Orange, es posible que reúna los requisitos para recibir un pago de un acuerdo de demanda colectiva



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SEATTLE, 10 de julio de 2023 /PRNewswire/ — JND Legal Administration

Se ha alcanzado un Acuerdo propuesto con las compañías navieras en una demanda colectiva relacionada con el derrame petrolero de octubre de 2021 frente a la costa del condado de Orange, cerca de Huntington Beach (el «Derrame petrolero»).

¿En qué consiste? 

Los demandantes presentaron reclamaciones en nombre de pescadores y procesadores comerciales, propietarios y arrendatarios de bienes inmuebles costeros y empresas turísticas frente al mar perjudicados por el Derrame petrolero («Miembros de clase») alegando que ciertos «Demandados navieros» que poseen u operan dos buques portacontenedores son responsables del Derrame petrolero, porque esos buques arrastraron sus anclas sobre el oleoducto durante una fuerte tormenta anterior al derrame, dañando el oleoducto y, en última instancia, provocando su fuga. Los demandados navieros son Capetanissa Maritime Corporation, Costamare Shipping Co., S.A., V.Ships Greece Ltd., el M/V Beijing, Dordellas Finance Corp., MSC Mediterranean Shipping Co. SA, Mediterranean Shipping Co. S.r.l., MSC Shipmanagement Ltd. y el MSC Danit. Los demandados navieros niegan estas alegaciones.

Este Acuerdo se celebró para resolver las reclamaciones de los Miembros de clase contra los demandados navieros en la demanda titulada Gutierrez, et al. v. Amplify Energy Corp., et al., Caso nº. SA 21-CV-1628-DOC-JDE (C.D. Cal.). Este Acuerdo también resolvería las reclamaciones de los Miembros de clase en los litigios relacionados interpuestos por algunos de los demandados navieros para limitar su responsabilidad, titulados In the Matter of the Complaint of Dordellas Finance Corp. Owner and MSC Mediterranean Shipping Company S.A., Owner pro hac vice, Nos. 2:22-cv-02153-DOC-JDE and 2:22-mc-00213-DOC (C.D. Cal.) (colectivamente «Acción de limitación»). Ambas acciones están pendientes en el Distrito Central de California ante el Juez David O. Carter.

Si el Tribunal aprueba el Acuerdo, los pagos se efectuarán automáticamente a todos los Miembros de clase mediante cheque enviado por correo. Los Miembros de clase no tendrán que hacer nada para recibir un pago.

Este Acuerdo no aborda las reclamaciones contra los propietarios y operadores de los oleoductos Amplify Energy Corp., Beta Operating Company, LLC y San Pedro Bay Pipeline Company’s (colectivamente «Amplify»). Los Miembros de clase de la demanda colectiva llegaron a un acuerdo independiente de 50 millones de dólares con Amplify que se está completando tras ser aprobado por el mismo Tribunal. Se ha emitido un aviso por separado en relación con dicho acuerdo y, para quienes tengan derecho a indemnización en virtud del mismo, se efectuarán pagos por separado. La palabra «Acuerdo» en mayúsculas en este aviso se refiere al Acuerdo alcanzado entre los Demandantes y los Demandados navieros.

¿Quiénes son los afectados? 

Usted es un Miembro de la clase Pescador si es (1) una persona o empresa que poseía o trabajaba en una embarcación de pesca comercial atracada en el puerto de Newport o en el puerto de Dana Point a partir del 2 de octubre de 2021, y/o desembarcaba mariscos dentro de los bloques de pesca 718-720, 737-741, 756-761, 801-806 y 821-827 del California Department of Fish & Wildlife entre el 2 de octubre de 2016 y el 2 de octubre de 2021, y que estuvieran en funcionamiento a partir del 2 de octubre de 2021; o (2) una persona o empresa que comprara y revendiera marisco comercial desembarcado de este modo, a nivel minorista o mayorista, y que estuvieran en funcionamiento el 2 de octubre de 2021.

Usted es un Miembro de la clase propietaria si poseía o arrendaba, entre el 2 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, propiedades residenciales frente al mar y/o propiedades frente al mar o propiedades residenciales con una servidumbre privada a la costa ubicadas entre el río San Gabriel y el arroyo San Juan en Dana Point, California.

Usted es un Miembro de la clase de Turismo Acuático si es una persona o entidad en funcionamiento entre el 2 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, que: (a) poseía o trabajaba en una embarcación marítima dedicada al negocio del turismo acuático oceánico (incluida la pesca deportiva, la observación de la vida marina y los cruceros de ocio) y accedía al agua entre el río San Gabriel y el arroyo San Juan en Dana Point; o (b) negocios de su propiedad que ofrecieran surf, paddle boarding, pesca recreativa y/u otros alquileres de equipos de playa u océano y/o lecciones o actividades; vendieran comida o bebidas; vendieran cebos o equipos de pesca, trajes de baño o ropa de surf y/u otros artículos de venta al por menor; o proporcionaran alojamiento a los visitantes al sur del río San Gabriel, al norte del arroyo San Juan y al oeste de: (1) Highway 1 en Seal Beach; (2) Orange Avenue y Pacific View Avenue en Huntington Beach; y (3) Highway 1 al sur de Huntington Beach.

Si cree que pertenece a alguna de las Clases anteriores pero no recibe el aviso por correo, envíe un correo electrónico a [email protected] o llame al 1-844-717-0591.

¿Qué establece el Acuerdo? 

En virtud del Acuerdo, los demandados navieros pagarán 45 millones de dólares para crear fondos de conciliación destinados a diferentes clases afectadas por el Derrame petrolero. Si el Acuerdo es aprobado por el Tribunal y se convierte en definitivo, los fondos se utilizarán para pagar a los Miembros de clase elegibles sobre la base de un plan de asignación aprobado por el Tribunal. Los fondos también se utilizarán para pagar los honorarios y costos de los abogados, los costes de notificación y administración del acuerdo, las indemnizaciones por servicio a los representantes de las clases y cualesquiera otros honorarios y costos aprobados por el Tribunal.

¿Qué opciones tengo? 

No hacer nada y recibir un pago. Siga formando parte de su respectiva Clase y reciba su pago. Quede sujeto a la decisión del Tribunal, renuncie a su derecho a demandar a los Demandados navieros por las reclamaciones resueltas por el Acuerdo y renuncie a cualquier reclamación que pueda haber presentado en la «Acción de limitación», las demandas relacionadas interpuestas por algunos de los Demandados navieros para limitar su responsabilidad, titulada In the Matter of the Complaint of Dordellas Finance Corp. Owner and MSC Mediterranean Shipping Company S.A., Owner pro hac vice, No. 2:22-cv-02153-DOC-JDE (C.D. Cal.) and 2:22-mc-00213-DOC.

Excluirse o renunciar a su participación: Si se excluye de la Clase (lo que también se conoce como renuncia), no recibirá ningún pago. Conservará todos los derechos que ya tenga para demandar a los Demandados navieros. No puede oponerse al Acuerdo.

Objeción. Si no se excluye del Acuerdo, puede oponerse al mismo o comunicar al Tribunal lo que no le agrada del Acuerdo. Usted seguirá siendo un Miembro de clase, lo que significa que seguirá recibiendo un pago y aún así renunciará a su derecho a demandar a los Demandados navieros por las reclamaciones resueltas por este Acuerdo, y desistirá de cualquier reclamación que pueda haber presentado en la Acción de limitación relacionada.

Las exclusiones y objeciones deberán estar selladas/servidas/presentadas antes del 21 de agosto de 2023. Para obtener información sobre sus derechos y opciones, y sobre cómo excluirse u objetar, visite www.OCOilSpillSettlement.com.

¿Qué sucederá a continuación? 

El Tribunal celebrará una Audiencia de aprobación definitiva el 14 de septiembre de 2023, en una fecha por determinar, para (a) determinar si otorga la aprobación definitiva del Acuerdo; (b) considerar cualquier objeción oportuna; (c) decidir sobre cualquier solicitud de honorarios de abogados (hasta el 25% de los Fondos, o hasta $11.25 millones) más gastos; (d) decidir sobre cualquier solicitud de adjudicación de servicios (hasta $7,500 a cada uno de los 17 Representantes de clase); y (e) determinar si se adoptan o no los Planes de distribución. El Tribunal designó a Lieff Cabraser Heimann Bernstein LLP, Aitken, Aitken, Cohn y Larson, LLP como abogados representantes de las Clases. Si desea que le represente su propio abogado, puede contratarlo asumiendo los gastos.

¿Cómo puedo obtener más información? 

Para obtener más información y consultar el aviso completo, visite www.OCOilSpillSettlement.com, o póngase en contacto con el administrador del acuerdo escribiendo a OC Oil Spill Settlement, c/o JND Legal Administration, P.O. Box 91048, Seattle, WA 98111, enviando un correo electrónico a [email protected] o llamando al 1-844-717-0591.

FUENTE JND Legal Administration

Si se vio afectado por el Derrame petrolero de octubre de 2021 en el condado de Orange, es posible que reúna los requisitos para recibir un pago de un acuerdo de demanda colectiva