Si usted compró Prograf (no para reventa), podría tener derecho a recibir...

Si usted compró Prograf (no para reventa), podría tener derecho a recibir una indemnización derivada de un acuerdo de conciliación por demanda colectiva



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NASHVILLE, Tennessee, 27 de junio de 2016 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ —  Branstetter, Stranch & Jennings, PLLC hace la siguiente declaración relacionada con el Contencioso  Antimonopolio Prograf.

Existe una demanda pendiente de resolución según la cual Astellas Pharma US, Inc. («Astellas» o «la Parte Demandada») violó leyes contra el monopolio, la competencia desleal, la protección del consumidor y el enriquecimiento alevoso en ciertos estados al retrasar la disponibilidad de un genérico menos costoso del medicamento inmunosupresor de venta exclusiva con receta Prograf® (conocido como tacrolimus). Las partes demandantes señalan que el comportamiento de la parte demandada causó que varios consumidores y terceros pagadores pagaran demasiado por Prograf en ciertos estados del 3 de septiembre de 2008 al 31 de diciembre de 2010 (plazo también denominado «Período de la Demanda Colectiva»). Esta demanda no señala que el consumo de Prograf sea inseguro o ineficaz. Astellas niega haber actuado de manera incorrecta.

¿Le afecta? Como consumidor, puede ser miembro de la Demanda Colectiva si pagó parcial o totalmente el precio de venta de Prograf y/o su equivalente genérico, en cápsulas, para su consumo o el de un miembro de su familia en cualquier momento entre el 15 de abril de 2008 y el 31 de diciembre de 2010 (el «Período de la Demanda Colectiva») en Arizona, California, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Delaware, Distrito de Columbia, Florida, Georgia, Idaho, Illinois, Iowa, Kansas, Maine, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Mississippi, Missouri, Nebraska, Nevada, Nuevo Hampshire, Nuevo México, Nueva York, Oregón, Pensilvania, Puerto Rico, Rhode Island, Tennessee, Vermont, Virginia Occidental o Wisconsin. Como tercero pagador, usted puede formar parte de la Demanda Colectiva si pagó parcial o totalmente el precio de venta de Prograf y/o su equivalente genérico, en cápsulas, para el consumo de sus miembros, empleados, asegurados, participantes o beneficiarios (incluidos los planes de beneficios para empleados financiados por el gobierno) y no para su reventa en al menos uno de los estados arriba citados durante el Período de la Demanda Colectiva.

¿Cuáles son sus derechos y opciones? Permanecer en la Demanda y presentar una reclamación: para participar de la distribución del Fondo Neto del Acuerdo de Conciliación, usted debe presentar un formulario de reclamación a más tardar el 6 de diciembre de 2016. Los formularios de reclamación pueden solicitarse en línea en  www.PrografIndirectPurchaserSettlement.com o por escrito a Prograf Indirect Purchaser Settlement, c/o GCG, P.O. Box 10112, Dublín, OH 43017-3112.

Excluirse: Si no desea formar parte de la Demanda Colectiva debe excluirse mediante el envío de una Solicitud de Exclusión por escrito (disponible en www.PrografIndirectPurchaserSettlement.com) al Administrador del Acuerdo a la dirección arriba indicada antes del 8 de septiembre de 2016. Si se excluye no recibirá beneficio alguno, pero conserva el derecho de presentar una demanda por su cuenta. Los terceros pagadores deben visitar el sitio web y consultar la lista completa de requisitos de la solicitud de exclusión. Todo tercero pagador incluido en la Demanda Colectiva que no entrega una solicitud válida de exclusión con toda la información y documentación completas quedará sujeto a los términos del Acuerdo de Conciliación. Además, todos los miembros de la Demanda Colectiva que no hayan solicitado su exclusión quedarán sujetos al Acuerdo estipulado en la Demanda aun cuando no presenten Prueba de Reclamación oportunamente.

No hacer nada: Si no hace nada elige permanecer en la Demanda Colectiva y quedará sujeto a las determinaciones del Acuerdo de Conciliación y los futuros fallos de la Corte.

NO envíe solicitudes de información a la Parte Demandada, la Corte o la Secretaría Judicial. Las solicitudes de información, excepto las solicitudes de aviso o formularios de reclamación, pueden enviarse a los Abogados de la Demanda a las siguientes direcciones:

J. Gerard Stranch, IV

James R. Dugan, II

Joe P. Leniski, Jr.

Dr. Douglas Plymale

 BRANSTETTER, STRANCH &

David Franco

 JENNINGS, PLLC

DUGAN LAW FIRM

The Freedom Center

One Canal Place

223 Rosa L. Parks Avenue, Suite 200

365 Canal St., Suite 1000

Nashville, TN  37203

Nueva Orleans, LA 70130

Tel.: (615) 254-8801

Tel.: (504) 648-0180

Se celebrará una audiencia el 2 de noviembre de 2016 a las 2:00 p.m. hora del este ante Su Señoría Rya W. Zobel en la sala del tribunal 12 del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el distrito de Massachusetts, Corte de los Estados Unidos, 1 Courthouse Way, Boston, MA 02210 a fin de determinar, entre otros asuntos, si la conciliación propuesta habrá de ser aprobada por la Corte como justa, razonable y adecuada.

¿Desea más información? Este aviso presenta solo un resumen. Encontrará más detalles en www.PrografIndirectPurchaserSettlement.com, si marca al 1-844-322-8238, envía una carta a Prograf Indirect Purchaser Settlement, c/o GCG, P.O. Box 10112, Dublín, OH 43017-3112, o un correo-e a [email protected].

Si usted compró Prograf (no para reventa), podría tener derecho a recibir una indemnización derivada de un acuerdo de conciliación por demanda colectiva